¿Cómo dar tu vivenda?

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El hecho de que un propietario dé de manera gratuita una vivienda a un nuevo titular (sea a una famíliar o a un amigo) , es conocido como la donación de una vivienda. Aunque la donación sea gratuita, implica el pago de impuestos, los cuales tendrán que ser pagados tanto por la persona que recibe como por la que da la vivienda.

No se tiene que confundir con la herencia, puesto que es una alternativa totalmente diferente. Para declarar una donación de una vivienda, el donante tiene que estar vivo en el momento de declararlo, por el que los nuevos inquilinos pueden disfrutar de la vivienda sin la necesidad de que el donante esté muerto.

Pasos a seguir para dar una vivienda

Lo primero que se tiene que hacer para empezar el proceso es ir al Registro de la Propiedad y allí se tiene que solicitar una Nota Simple, para comprobar quién es el titular actual y para confirmar que está libre de cargas. Este último punto es muy importante, puesto que solo se pueden dar viviendas que estén al corriente de pago, tanto del IBI, como de todos los pagos comunitarios y de los suministros.

Una vez haber ido al Registro de la Propiedad, se tiene que ir al notario, donde se harán unas nuevas escrituras de la vivienda. Una vez hechas, el nuevo propietario tendrá que volver al Registro de la Propiedad para cambiar este cambio de titularidad.

Impuestos a pagar

Como bien os hemos comentado antes, aunque la donación sea gratuita, se tiene que pagar impuestos. Así pues, a continuación os dejamos todos aquellos impuestos que se tienen que tener en cuenta:

Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Lo tiene que pagar la persona quien recibe el inmueble en un plazo de 30 días desde la donación. La cantidad y las condiciones variarán dependen del valor de la vivienda y sobre todo, de la comunidad autónoma en la cual se encuentre el inmueble.

Plusvalía municipal: La persona que recibe la donación tiene que pagar el impuesto municipal en los siguientes 30 días después de la donación. El importe variará dependiendo de cada municipio, por lo que para saber cuánto se tiene que pagar, os recomendamos que visitéis el ayuntamiento del pueblo de la vivienda, puesto que allí os informarán de todo. Este impuesto tiene una excepción que exime de pagar a algunos: en caso de que el nuevo propietario pueda demostrar que el valor del terreno es inferior al que tenía cuando lo adquirió el donante.

Declarar las ganancias patrimoniales de la donación en la declaración de la renta: En la mayoría de casos, el donante tiene que hacer constar la donación en la declaración de la renta. Aun así, cuando el donante tiene más de 65 años y el inmueble dado es su inmueble habitual, no tiene que pagar el IRPF.

 

Y hasta aquí todo lo que se tiene que hacer para dar y recibir una vivienda. Esperamos que os haya servido 🙂